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¿Cuándo se dicta el auto de acomodación procesal?

¿Cuándo se dicta el auto de acomodación procesal?

¿Cuándo se dicta auto de acomodación procesal?

 

El auto de acomodación procesal que pone fin a la instrucción, y da inicio a la fase intermedia, deberá dictarse cuando, finalizada aquella, de las diligencias practicadas puedan configurarse unos hechos (lo que incumbe al instructor) que indiciariamente cumplan el tipo objetivo de una figura penal y éstos puedan ser atribuidos, por haber intervenido en ellos, también indiciariamente a una o más personas concretas y determinadas.

 

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